Tribunal Colegiado revoca suspensión otorgada contra Reforma Judicial

L a decisión fue impulsada por los votos de los magistrados Juvenal Carbajal y Moisés Chilchoa; en sentido contrario se posicionó la magistrada Guillermina Coutiño.

Tribunal Colegiado revoca suspensión otorgada contra Reforma Judicial. | Secreenshot
Tribunal Colegiado revoca suspensión otorgada contra Reforma Judicial. | Secreenshot
Los Virales

Magistrados del Tribunal Colegiado de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) negaron la suspensión de la reforma judicial, impulsada el 15 de septiembre por el entonces Presidente de México, Andrés Manuel López Obrador; en este sentido votaron los magistrados Juvenal Carbajal Díaz y Moisés Chilchoa; en sentido contrario votó la magistrada Guillermina Coutiño.

El magistrado Carbajal Díaz expuso que “en este juicio de amparo el acto reclamado de manera principal y destacada es la reforma a la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, publicada el 15 de septiembre de 2024; no puede concederse la suspensión provisional, a pesar de ser acto reclamado, porque se violaría el interés social y el orden público”.

En su turno, el Magistrado expuso puntualmente las razones del sentido de su voto, y por lo cual esta suspensión debía negarse:

La norma constitucional, al ser norma vigente, es de aplicación estricta y, por lo tanto, no podemos suspenderla; además, la propia Constitución ha diseñado el mecanismo para su modificación, por lo que al cumplirse estos requisitos ya se vuelve de orden público la aplicación de la misma, porque al ser norma vigente se deben cumplir con los mandatos constitucionales que ahí se expresan… al suspenderla se le daría efectos generales, porque abarcaría a toda la sociedad, y eso no está permitido por la Ley de Amparo, pero también la propia Constitución establece, y también lo refiere la autoridad recurrente, que el juicio de amparo es improcedente contra las reformas y adiciones a la Constitución”.

Finalmente el magistrado Carbajal Díaz expuso que “decretar la suspensión en los términos que lo hizo el acuo implicaría que se trastocara también otro precepto constitucional. Todas estas razones a mí me llevan a, muy respetuosamente, disentir de la propuesta”.